Aunque fragante es un adjetivo que se atribuye a aquello “que tiene o despide fragancia” y flagrante un adjetivo con el que se califica lo que es “de tal evidencia, que no necesita prueba”, la Real Academia tiene muy asumido que ambos términos se confunden en español desde los tiempos del ilustre Cervantes.
Tal es así que el Diccionario de la lengua española incluye tanto la locución adverbial in fraganti como el adverbio simple infraganti, ambas formas perfectamente correctas y con un significado inequívoco: “En el mismo momento en que se está cometiendo el delito o realizando una acción censurable”.
¡Para que luego digamos que la RAE es poco flexible…!